Aquel día, mientras admirábamos a cada uno de los niños, y jugueteábamos con ellos, hubo uno que captó nuestra atención, era sonriso, sólo tenía cuatro meses, lo tomamos en los brazos y le preguntamos a la niñera con quién debíamos hablar o cual era el procedimiento en caso que quisiéramos adoptar a uno de los niños.
Ella nos indicó que debíamos ir a la Gobernación, al Servicio de Políticas Sociales, que allá nos darían los requisitos y procedimientos, que ellos eran los que indicaban si se podía iniciar el trámite o no.
Y así lo hicimos, a mediados de Enero de 2012 fuimos a la Gobernación, nos atendió la Psicologa del Programa de Asistencia Social "Servicio de Políticas Sociales", le contamos que habíamos visitado un Hogar, que había un bebé varoncito que sentíamos nos había flechado el corazón, y queríamos saber qué debíamos hacer para el trámite.
Fue ahí que nos indicó que habían dos figuras: una que era la Guarda Legal, y la otra la Adopción Nacional, podíamos iniciar una solicitud de demanda de cualquiera de las dos, que la primera solía ser más rápido en el caso que el bebé esté en situación de Riesgo Social y por el bienestar del niño, el juez decida darlo en Guarda a la familia solicitante, pero que se reserva el hecho de que aparezcan los padres biológicos a reclamarlo, y la segunda que tarda más, como dos años, los solicitantes no pueden tener al niño hasta que se dicte la Adopción.
Nos dijo que conocía el Hogar que le mencionamos y que conocían la situación especial de los niños.
También nos dijo que uno de los requisitos era pasar un Taller para Padres Adoptivos que sólo se da dos veces en el año por parte de la Gobernación, que si estábamos interesados, dejemos una fotocopia de nuestros documentos de identidad para que nos anoten en una lista y cuando haya la cantidad de personas suficientes, los llaman para el Taller.
Nos dio también una hoja con los requisitos para la Solicitud de Adopción Nacional y nos recomendó buscarnos un abogado que nos asista en todos los trámites que haya que realizar.
Estos son los requisitos:
- Tener un mínimo de 25 años de edad y ser por lo menos 15 años mayor que el adoptado.
- Tener un máximo de 50 años de edad. (David estaba al filo, porque el 7 de diciembre pasado acababa de cumplir los 50 años)
- Certificado de matrimonio.
- Cuando se trate de uniones libres o de hecho, esta debe ser establecida mediante Resolución Judicial.
- Gozar de buena salud física y mental, acreditada mediante: certificado médico, evaluación psicológica (que se debía programar allí)
- Informe social (que se debía programar allí)
- Acreditar no tener antecedentes : penales y policiales
- Certificado de haber recibido preparación para padres adoptivos. La inscripción se realiza previa entrevista y presentación de fotocopia de cédula de identidad y certificado de matrimonio (si corresponde)
"La familia que acoge a un niño, niña o adolescente, se compromete a quererlo, cuidarlo, educarlo, formarlo como un miembro más de la familia, otorgándoles todos los derechos de un hijo"
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